¿Cómo adjudicarte la vivienda que compraste con tu expareja con un ahorro de impuestos?
Hoy en día son diversos los modelos de familia, y muchos optan por el de la pareja, si bien formalizarla es importante, pues, aunque el Código civil de Cataluña, considere que la pareja existe cuando hay convivencia por más de dos años ininterrumpidos o bien hay mera convivencia si tienen hijos en común, lo cierto es que a efectos de prueba, el mejor medio para constituir la pareja es la escritura de unión estable de pareja (que además no requiere plazo alguno de convivencia), tal y como explico en el vídeo cuyo link os adjunto , en el que además explico que es esencial tal formalización a efectos de una futura pensión de viudedad. https://www.notariamarillueca.com/union-estable-de-pareja-y-derecho-a-cobrar-la-pension/
Por tanto ya he hablado sobre las ventajas de formalizar la pareja en escritura pública y su relevancia en el artículo antedicho y publicado en la web de nuestra notaria hospitalet llobregat. Hoy me centro en el asunto del ahorro de impuestos en caso de que tú y tu pareja , durante vuestra relación compraseis en proindiviso un inmueble ( o varios) y ahora, deseáis poner fin a la relación, adjudicándolo a uno de los dos, que compensará económicamente al otro (o repartiendo los diversos bienes entre ambos de manera equitativa, y sin excesos de adjudicación).
Muy bien, pues esta extinción de comunidad, está sujeta al impuesto de actos jurídicos documentados, al tipo impositivo del 1,5 %, cuya base imponible, según la última jurisprudencia, es la mitad indivisa o participación indivisa que se adjudica , y no el valor total del inmueble. ¿Y quién será el obligado tributario? El miembro de la pareja que se adjudica el inmueble, quien también deberá de hacer frente a los gastos de notaría y registro.
La cuestión es, ¿existe una manera, en la que pueda ahorrarme ese impuesto?
En Cataluña sí, y es extinguiendo el condominio y adjudicando el inmueble a uno de los dos miembros de la pareja (que deberá compensar al otro), en la escritura de extinción de pareja, pues en este caso hay una bonificación fiscal del 100 de la cuota gradual de AJD (Artículo 5 de la ley del Parlamento Catalán 2/2016 de 2 de noviembre de modificaciones urgentes en materia tributaria ), de manera que por esta vía lograreis un importante ahorro de impuestos.
Y esto me lleva al inicio del artículo, a la importancia de prevenir y formalizar la escritura de unión estable de pareja cuando compréis inmuebles conjuntamente, pues contareis con un fuerte medio de prueba de la existencia de la pareja (interesante tenerla frente Hacienda). Pero además podéis incluso prevenir conflictos, estableciendo en la escritura pactos para el caso de cese de la convivencia y preferencias en el reparto de bienes. (En la web de nuestra notaria hospitalet llobregat, podréis encontrar más información al respecto.)
Es importante que en la escritura de extinción de la pareja de hecho no haya excesos de adjudicación ni tampoco adjudicaciones sin contraprestación (gratuitas), pues entonces habrá un impuesto de transmisiones patrimoniales por el exceso o un impuesto de donaciones por lo donado, pues aquí no hay beneficios fiscales.
Por otro lado, la bonificación fiscal del 100% de la cuota de AJD también cabe en las extinciones de condominio contenidas en la escritura de divorcio o separación, lo que aún hace más interesante el divorcio ante notario, caracterizado por su agilidad, de lo que hablo más extensamente en mi artículo sobre el divorcio , publicado en mi blog con el siguiente link :https://www.notariamarillueca.com/divorcio-ante-notario/
La importancia de un buen asesoramiento es fundamental, ya que puede suponer un importante ahorro de impuestos así como evitar conflictos, desde nuestro despacho, podemos asesorarte y adaptar tus necesidades a la forma de negocio más adecuada en aras de pagar el mínimo de impuestos y beneficiarte de las bonificaciones fiscales. Como notaria Zona Franca, estamos especializados en el derecho privado y fiscal catalán.