COMPRA DE LA VIVIENDA

En el video trato sobre la compra de la vivienda habitual y su coste fiscal, dirigiendo el artículo principalmente a los más jóvenes, y centrándome como siempre en la normativa catalana, ya que yo ejerzo en L´Hospitalet de Llobregat.

¿Cuando interesa adquirir la vivienda habitual pagando el mínimo de impuestos? Pues depende, de si se trata de una primera transmisión del inmueble en cuestión, o de una segunda transmisión.

Aclarando, que por primera transmisión o primera entrega la Ley del IVA entiende la realizada por el promotor que tenga por objeto una edificación terminada. No obstante, no tendrá la consideración de primera entrega la realizada por el promotor después de la utilización ininterrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años (por su propietario o por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción de compra) , salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante el referido plazo.

Así pues el impuesto a pagar  en la compra de la vivienda será diferente según si es una primera o segunda transmisión:

.- si es primera transmisión , el comprador, deberá de pagar el IVA al tipo del 10%, aplicable en la compraventa de vivienda, garajes (máximo dos unidades) y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda). No obstante se aplicaría el tipo reducido del 4% cuando se tratase de una vivienda de protección oficial. Y tanto en uno como en el otro caso además del IVA se pagará el impuesto de actos jurídicos documentados al tipo del 1,5%.

Por tanto en el caso de compra de vivienda que sea una primera transmisión no hay reducción del tipo impositivo por razón de la edad.

.- Por el contrario si es segunda transmisión: está exenta de IVA y tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, y es aquí donde la edad y la renta va jugar un papel importante porque puede suponer un gran ahorro fiscal.

En este sentido si el comprador tiene 32 años o menos , destina el inmueble que compra a su vivienda habitual y la base imponible total, en la última declaración de la renta, menos el mínimo personal y familiar no excede de 30000 euros, entonces se le aplicará el tipo reducido del 5%, en lugar del tipo general del 10% del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Invito a ver el video para comprender mejor la tributación de la adquisición de la vivienda,  ya que ello puede suponer un importante ahorro fiscal al comprador.

Compártelo en Redes Sociales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Call Now Button