¿Matrimonio o pareja de hecho?

Post no apto para románticos

A día de hoy la pareja de hecho se equipará o asimila al matrimonio en Cataluña en los siguientes aspectos:

  • Derechos sucesorios: se equiparan en la sucesión intestada y en la regulación de la cuarta viudal.
  • Se equiparan en la regulación de los beneficios fiscales en materia del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • En ambos el Código Civil Catalán contempla la compensación económica por razón del trabajo (234-9; 232-5 ccc) y la prestación compensatoria/ alimentaria ( 233-14; 234-10 CCC).
  • En el régimen económico matrimonial de separación de bienes ( que es el legal supletorio en Cataluña) , como en el régimen patrimonial de las parejas , se mantiene la separación de los patrimonios de sus miembros y libre administración y disposición de bienes , con la excepción en ambos casos de la disposición de la vivienda habitual de la familia, pues requiere el consentimiento de la pareja o del cónyuge.
  • Uso de la vivienda: a falta de acuerdo, se atribuye al cónyuge o miembro de la pareja a quien corresponda la guardia de los hijos, o siendo compartida , al que tenga más necesidad.
  • Tanto el matrimonio como la pareja de hecho se pueden formalizar ante notario, así como su divorcio/extinción ( si no hay hijos menores o respecto a los cuales se hayan adoptado medidas de apoyo en el ejercicio de la capacidad ).
matrimonio o pareja de hecho

Principales diferencias entre matrimonio y pareja de hecho

  • En los requisitos para el cobro de la pensión de viudedad, ya que al viudo no se le requiere un plazo mínimo de duración del matrimonio para el cobro de la pensión , mientras que para el miembro superviviente de la pareja se le exige que se haya formalizado la pareja al menos dos años antes del fallecimiento y que se empadronaran juntos al menos cinco años antes ( éstos cinco años no se exigen en caso de hijos en común pero sí los dos años citados).

 

  • En la declaración del Impuesto de la renta como unidad familiar, a día de hoy no es posible para las parejas, a diferencia de los cónyuges. Este punto es muy importante, ya que, si hay una gran diferencia de ingresos entre los miembros de la pareja, les podría interesar optar por el modelo de matrimonio (ya he avisado , que este post no es apto para románticos y el análisis es sólo desde el puno de vista jurídico- económico ).
Por tanto, a día de hoy se está avanzando mucho en la equiparación de ambos modelos de familia, pero todavía hay puntos vitales que los diferencian.

¿Quieres casarte o formalizar tu pareja de hecho?

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